Asegurar las placas solares no es obligatorio. Lo que sí conviene entender es que no comunicárselo
a tu aseguradora puede salirte mucho más caro que el propio seguro. y no por la instalación: por el
resto de la casa.
La regla que casi nadie conoce
El artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro dice que si en el momento del siniestro la
suma asegurada es inferior al valor de lo asegurado. el asegurador indemniza el daño en la misma
proporción en la que aquella cubre ese valor. Se llama regla proporcional. y se aplica a
cualquier siniestro. no solo al que afecte a lo que no declaraste.
Con números: si tu continente está asegurado en 120.000 € y la instalación añade
5.600 € al valor real. la cobertura pasa a ser del 95.5 % de lo que hay.
Ante un siniestro de 10.000 € —una fuga. un incendio parcial. un temporal— la aseguradora
podría indemnizar 9.554 € en lugar de 10.000.
446 € menos.
Fíjate en lo que dice el segundo gráfico: el recorte de un solo siniestro ya es una parte
apreciable del valor de la instalación. Y la regla seguiría aplicándose al siguiente, y al siguiente.
Por eso la llamada a la aseguradora no es una formalidad: es la parte barata de este asunto.
Qué preguntar exactamente
| Qué preguntar a tu aseguradora | Por qué importa |
|---|---|
| ¿Sube la suma asegurada del continente? | Es lo que evita la regla proporcional del artículo 30 |
| ¿Las placas quedan como continente o como contenido? | Cambia el límite que se les aplica y a veces la franquicia |
| ¿Está cubierto el granizo y con qué franquicia? | Es el riesgo climático que más siniestros da en cubierta |
| ¿Cubre el lucro cesante por la producción no generada? | Rara vez en pólizas de hogar, y conviene saberlo antes |
| ¿Cubre daños a terceros por desprendimiento? | La responsabilidad civil es la parte que puede costar más que la instalación |
| ¿Qué plazo tengo para comunicar un siniestro? | La ley fija 7 días salvo que la póliza dé más |
La pregunta más importante es la primera, y conviene pedir por escrito el suplemento con la nueva
suma asegurada. El resto son matices que cambian mucho de una compañía a otra.
El granizo, que es el caso real
De los riesgos que amenazan una cubierta fotovoltaica en España, el granizo es el que más
siniestros produce, y es también donde más se separan las pólizas: unas lo cubren sin más, otras
imponen un tamaño mínimo de piedra o una franquicia específica.
Merece la pena pedir esa cláusula concreta y leerla. Un panel roto no siempre deja de producir del
todo, así que la conversación con el perito suele girar en torno a si hay daño funcional o solo
estético: cómo envejece un panel.
Hay una precaución que ayuda mucho el día del peritaje y que no cuesta nada: guardar una captura de
la producción mensual desde el primer mes. Con ese histórico, demostrar que un módulo dejó de rendir a
partir de una fecha concreta es inmediato; sin él, la discusión se convierte en una cuestión de
opiniones y suele resolverse a favor de quien tiene los datos, que no eres tú.
El plazo que no conviene incumplir
Si ocurre algo, la ley da 7 días desde que se conoce el
siniestro para comunicarlo, salvo que la póliza fije un plazo más amplio. Fotografía el daño
el mismo día, guarda el parte meteorológico si lo hubo, y avisa por un medio que deje constancia.
Si las placas son de la comunidad
Cuando la instalación es de la comunidad de propietarios, el seguro que tiene que cubrirla es el de
la comunidad, no el de cada vivienda, y hay que actualizar también ahí la suma asegurada. Conviene
dejarlo escrito en el acta junto al resto del acuerdo:
qué debe constar en la junta.
Y si el reparto de la instalación es entre varios vecinos, aclarad quién declara qué:
cómo se organiza el autoconsumo
compartido.
Lo que el seguro no sustituye
Ninguna póliza cubre la suciedad, la pérdida de rendimiento por falta de revisión ni una avería
achacable a un montaje deficiente. Eso es mantenimiento y garantía de obra, que son cosas distintas y
tienen su propio coste anual: qué cuesta mantener una
instalación.
Este artículo resume la norma aplicable y no sustituye a la lectura de tu póliza, que es la que fija
coberturas, límites y franquicias concretas.
Para fijar la suma asegurada hace falta saber qué añade la instalación al valor del inmueble: cuál es el valor de una instalación tipo.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el seguro para placas solares?
No lo es en una vivienda. Lo que sí conviene es comunicar la instalación a la aseguradora del hogar y actualizar la suma asegurada, porque de eso depende que la regla proporcional no recorte futuras indemnizaciones.
¿Mi seguro de hogar cubre las placas solares?
Depende de la póliza y de si están declaradas. Aunque la cubierta esté asegurada, una instalación que no consta puede quedar fuera de la cobertura y, además, elevar el valor real del continente por encima de la suma asegurada.
¿Qué es la regla proporcional y por qué me afecta?
Es el artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro: si la suma asegurada es inferior al valor real, la indemnización se reduce en la misma proporción. En el escenario de este artículo, un siniestro de 10000 € pasaría a indemnizarse con 9554 €, 446 € menos, y eso vale para cualquier siniestro de la casa.
¿El seguro cubre el granizo?
Muchas pólizas sí, pero es donde más se diferencian: algunas exigen un tamaño mínimo de piedra o aplican una franquicia específica para cubierta. Conviene pedir esa cláusula concreta por escrito antes de dar por hecho que estás cubierto.
¿Cuánto tiempo tengo para avisar de un siniestro?
La ley fija 7 días desde que se conoce el siniestro, salvo que la póliza establezca un plazo más amplio. Conviene fotografiar el daño el mismo día y comunicarlo por un medio que deje constancia.
¿Y si las placas son de la comunidad de vecinos?
Entonces la cobertura corresponde al seguro de la comunidad, no al de cada vivienda, y hay que actualizar allí la suma asegurada. Conviene que quede recogido en el acta junto con el resto del acuerdo de la instalación.
Fuentes y fecha de consulta
La regla proporcional y el plazo de comunicación están leídos en el texto consolidado de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, articulos 16, 30 y 32 en el BOE el 2026-09-01. Las sumas del escenario —120000 € de continente asegurado, 5600 € de instalación y un siniestro de 10000 €— son supuestos declarados para poder hacer la cuenta, no cifras de ninguna póliza concreta. La regla del artículo 30 puede excluirse por pacto expreso en la póliza, así que lo primero es comprobar si la tuya lo hace. El artículo resume normativa y no es asesoramiento de seguros.
- BOE — Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, artículos 16 y 30: plazo de comunicación del siniestro y regla proporcional en caso de infraseguro · 2026-09-01
- BOE — Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, artículo 17.1: mayoría de un tercio para instalaciones de energías renovables · 2026-09-01
- BOE — Real Decreto 244/2019, condiciones del autoconsumo y mecanismo de compensación simplificada · 2026-09-01
- IDAE — Oficina de Autoconsumo · 2026-09-01