Autoconsumo

¿Puedo vender el excedente de mis placas solares?

Transformador de la subestación a la que se vierten los excedentes
Foto: AndrewHarvey4 · CC0 · vía Wikimedia Commons

Pendiente de revisión técnica. Este artículo lo ha redactado el equipo editorial de PlacasSolaresESP a partir de fuentes oficiales, y todavía no lo ha revisado un instalador colegiado ni un asesor fiscal. Las cifras de precios, subvenciones y deducciones cambian: comprueba siempre la fuente enlazada antes de tomar una decisión de varios miles de euros.

Sí, pero casi seguro que no te conviene. Lo que hace la inmensa mayoría de las viviendas españolas no es vender: es compensar, que es recibir un descuento en la factura por la energía vertida. Vender de verdad significa darse de alta como productor de energía, facturar y tributar por ello.

La diferencia importa porque cambia lo que puedes esperar: compensando no ingresas dinero, reduces una factura, y hay un tope que no puedes pasar. Vendiendo sí ingresas, pero asumes obligaciones que en una instalación doméstica no se sostienen.

Las dos figuras, una al lado de la otra

Compensación simplificada Venta de energía
Qué recibes Descuento en tu factura Ingreso por la energía vertida
Tope No puede dejar el término de energía en negativo Sin tope: cobras todo lo vertido
Alta como productor No
Facturación e IVA No , con obligaciones periódicas
Declaración de ingresos No aplica , es un ingreso
Papeleo continuado Ninguno Constante
A quién le encaja Cualquier vivienda Instalaciones grandes: naves, terrenos, negocios

Cuál tienes es un dato concreto y consta en tu expediente: la modalidad que consta en tu registro y las modalidades de autoconsumo.

Por qué en una vivienda no compensa vender

Hagamos el número, que es lo que zanja la discusión. Una instalación doméstica de 4 kWp vierte al año del orden de 2.500 a 3.000 kWh. A precio de excedente, eso son unos 175 a 250 € al año.

Contra eso, la venta real implica:

  • Alta como productor y las gestiones asociadas.
  • Emitir facturas de la energía vertida, con periodicidad.
  • Liquidar IVA y presentar las declaraciones correspondientes.
  • Declarar el ingreso en tu IRPF.
  • Y probablemente pagar a un asesor para llevarlo, porque no es un trámite que se haga solo.

Cualquier gestoría cuesta más al año que esos 175-250 €. El papeleo se come el ingreso completo, y encima te quedas con obligaciones formales de por vida mientras la instalación exista.

La conclusión sin rodeos: si tienes una vivienda, quédate en compensación. No es una limitación, es la opción que te conviene.

Cuándo sí tiene sentido vender

Tres situaciones reales, y todas tienen algo en común: la escala.

1 · Instalación grande sobre nave o negocio. Cuando la producción es de decenas de miles de kWh al año, el ingreso justifica de sobra la estructura administrativa, que además ya existe porque la empresa ya factura y liquida IVA: el caso de una nave o un negocio.

2 · Instalación en suelo o en terreno, pensada como actividad y no como autoconsumo. Ahí no estás autoconsumiendo: estás produciendo para vender, y el planteamiento es otro desde el diseño.

3 · Consumo muy bajo con producción muy alta. Es el caso límite: si tu instalación vierte muchísimo más de lo que consumes, la compensación te deja fuera una parte grande por el tope mensual. Pero antes de plantearte vender, la respuesta buena casi siempre es otra: la instalación está sobredimensionada para ese punto de suministro: por qué no conviene sobredimensionar.

Lo que sí puedes hacer con el excedente que se pierde

Aquí está la parte útil para quien llega buscando «vender» porque intuye que está regalando energía. Tiene razón en la intuición, y hay tres soluciones mejores que darse de alta como productor:

1 · Una tarifa con monedero de excedentes. Convierte lo que sobra en saldo acumulable en lugar de perderlo al cerrar el mes. Es exactamente lo que resuelve el tope de la compensación, y cuesta cero de entrada: el monedero de excedentes.

2 · Cambiar de comercializadora. El precio del excedente varía bastante entre compañías y tu contrato no se actualiza solo. Es la mejora con mejor relación esfuerzo-resultado del autoconsumo doméstico: no requiere obra ni permisos: quién paga mejor el excedente.

3 · Consumir más en horas de sol. Es lo más rentable de todo y no cuesta nada. Cada kWh que desplazas de la noche al mediodía vale más del doble que el mismo kWh vertido. Lavadora, lavavajillas, termo, bomba de calor y carga del coche entre las 11:00 y las 17:00.

El tope, para entender de dónde viene la duda

Merece explicarse porque es el origen de la pregunta. Con la compensación simplificada, el descuento por excedentes no puede superar el coste de la energía que has consumido ese mes. Tu término de energía puede llegar a cero, nunca a negativo.

En julio, con la casa medio vacía y produciendo a tope, es normal topar con ese límite y regalar una parte. Eso es lo que la gente percibe y lo que le lleva a buscar «vender»: cómo funciona la compensación, que es lo tuyo.

Y la respuesta correcta a ese problema no es vender: es un monedero acumulable, o no haber sobredimensionado.

Lo que no debes hacer

Tres cosas concretas:

No te des de alta como productor «por si acaso». Las obligaciones formales son permanentes y las tendrás que atender aunque el ingreso sea de 15 € al mes.

No creas que compensando te van a pagar en dinero. No hay ingreso, hay descuento. Si alguien te lo vende como «te pagamos por tu energía», pide ver una factura real de un cliente con el concepto a la vista.

No sobredimensiones pensando en vender el sobrante. Es la decisión que peor sale: pagas paneles que producen energía que ni consumes, ni te compensan del todo, ni puedes vender sin montar una estructura administrativa desproporcionada.

Preguntas frecuentes

¿Puedo vender la energía de mis placas solares? Legalmente sí, dándote de alta como productor en la modalidad con excedentes no acogida a compensación. En una vivienda, el papeleo cuesta más que lo que se ingresa.

¿Cuánto pagan por vender el excedente? Vendiendo en mercado, el precio horario mayorista, que en las horas de máxima producción solar es bajo. Compensando, entre 0,05 y 0,12 €/kWh según compañía.

¿Compensar y vender es lo mismo? No. Compensar es un descuento en factura con un tope mensual. Vender es un ingreso, con alta como productor, facturación e IVA.

¿Tengo que declarar la compensación de excedentes en el IRPF? Al ser un descuento en factura y no un ingreso, no se declara como rendimiento. Cosa distinta es la subvención recibida por instalar, que sí tributa.

¿Puedo cobrar el saldo de mi batería virtual en dinero? No. Es un descuento en facturas futuras, no un ingreso.

¿Y si tengo una nave o un negocio? Ahí la venta empieza a tener sentido, porque la escala justifica la estructura administrativa y la empresa ya factura y liquida IVA.

Aviso. PlacasSolaresESP informa; no asesora fiscalmente. Antes de darte de alta como productor de energía, consulta con un asesor fiscal.

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